-> Volver a Noticias

Defensa de sus derechos

21-12-2015

Las personas con Enfermedad Renal Crónica (ERC) deben ser informadas sobre las vías y procesos de reclamación de sus derechos ante la institución sanitaria que les presta servicios. En caso de reclamación, la institución sanitaria deberá asegurar que la persona con ERC reciba una respuesta fundamentada y por escrito en los plazos que reglamentariamente se establezcan.

La persona con ERC no debe ser objeto de presiones para no realizar reclamaciones. Tiene derecho a presentar las reclamaciones que considere necesarias, sin riesgo a represalias o a menoscabo o negación de servicios.

Las asociaciones de personas con ERC deben ser reconocidas como los garantes de la defensa de los derechos de éstas ante situaciones de vulneración personal o colectiva. Las asociaciones de personas con ERC pueden canalizar las reivindicaciones o reclamaciones de una forma más organizada y beneficiosa para los intereses de las personas con ERC.

Volver a Noticias